Preguntas frecuentes
¿Qué son los juegos de suerte y azar?
Son de suerte y azar aquellos juegos en los cuales, según reglas predeterminadas por la ley y el reglamento, una persona, que actúa en calidad de jugador, realiza una apuesta o paga por el derecho a participar, a otra persona que actúa en calidad de operador, que le ofrece a cambió un premio, en dinero o en especie, el cual ganará si acierta, dados los resultados del juego, no siendo éste previsible con certeza, por estar determinado por la suerte, el azar o la casualidad.
¿Qué es el Chance o Apuesta Permanente?
Es una modalidad de juego de suerte y azar en la cual el jugador, en formulario oficial de forma sistematizada, indica el valor de su apuesta y escoge un número de no más de cuatro (4) cifras, de manera que si su número coincide, según las reglas predeterminadas, con el resultado del premio mayor de la lotería o juego autorizado para el efecto, gana un premio en dinero, de acuerdo con un plan de premios predefinido y autorizado por el Gobierno Nacional mediante decreto reglamentario.
¿Qué es el formulario único del Chance?
Es un documento al portador, emitido y vendido por las entidades concedentes a los concesionarios, en el cual se registran las apuestas en forma manual o sistematizada.
¿Qué es la apuesta en el Chance?
Es el valor pagado por el apostador, sin incluir el valor del impuesto sobre las ventas, registrado en el formulario oficial que da derecho a participar en el juego de apuestas permanentes o chance
¿Quién inspecciona, controla y vigila los juegos de azar en el país?
El Estado tiene la facultad exclusiva controlar y vigilar todas las modalidades de juegos de suerte y azar. Esta competencia la ejerce la Superintendencia Nacional de Salud, sin perjuicio de la facultad que poseen las entidades administradoras del monopolio y las autoridades de policía.
¿Dónde puedo consultar los resultados de los juegos de suerte y azar?
Puedes consultarlos de lunes a viernes en nuestra cuenta de Facebook y Twitter y en nuestro sitio web cualquier día de la semana, los encuentras en el siguiente link: https://pagatodo.com.co/resultados
¿Qué es una agencia en el Chance?
Es el establecimiento de comercio previamente autorizado por la entidad concedente, en el que bajo la dependencia y responsabilidad de un concesionario, se colocan apuestas permanentes o chance por medio de uno o varios puntos de venta.
¿Cómo se llaman las personas que venden el juego del chance?
Los colocadores de apuestas en el juego de apuestas permanentes o chance, pueden ser dependientes o independientes, conforme a lo previsto en el artículo 13 de la Ley 50 de 1990 y demás disposiciones que la modifiquen o adicionen
¿Qué es el Juego Autorizado?
Se entiende por juego autorizado el sorteo autónomo que realiza ó autoriza la entidad concedente para efectos exclusivos de utilizar su resultado en el juego de apuestas permanentes o CHANCE .
¿Quiénes pueden operar el juego de apuestas permanentes y juegos localizados en el país?
Solo las personas jurídicas, teniendo en cuenta el artículo 7º de la ley 643 de 2001 y la Sentencia C-031 de 2003 proferida por la Corte Constitucional.
¿Quiénes pueden operar los juegos promocionales y las rifas en el país?
Las personas naturales o jurídicas, en virtud de la autorización que expide la entidad competente.
¿Dónde puedo sacar dinero o usar los demás servicios de corresponsal bancario de Paga Todo?
Dando clic en este vínculo encontrarás el listado de los puntos autorizados como corresponsal bancario donde puedes realizar los siguientes servicios financieros BBVA: retiro de efectivo de cuentas corrientes y cuentas de ahorros, transferencias entre cuentas, pago de extractos de tarjetas de crédito y otros préstamos, consulta de saldos, consignaciones además de realizar pagos a otras entidades con las que se tienen convenio.
¿Cuál es el término de duración de los contratos de concesión para el juego de apuestas permanentes?
Es de cinco (5) años, de acuerdo a los artículos 22 y 25 de la Ley 643 de 2001.
¿Cuál es el término de duración de los contratos de concesión para los juegos localizados?
El plazo esta dado de tres (3) a cinco (5) años, de acuerdo con el artículo 7º de la Ley 643 de 2001.
¿Qué es operación directa y quién la realiza?
Es aquella que realizan los departamentos y el Distrito Capital, por intermedio de las empresas industriales y comerciales, sociedades de economía mixta y sociedades de capital público establecidas en la presente ley para tal fin. Se aplica especialmente para el juego de lotería.
¿Quién es el encargado de fijar la estructura del plan de premios para Apuestas Permanentes?
El Gobierno Nacional fijará la estructura del plan de premios del juego de apuestas permanentes o chance que regirá en todo el país.
¿Cuáles son los planes de premios para el juego de apuestas permanentes?
Los planes de premios para el juego de apuestas permanentes o chance tendrán como mínimo la siguiente estructura:
1. Para el acierto de las cuatro (4) cifras seleccionadas por el jugador, en su orden, se pagarán cuatro mil quinientos pesos ($4.500) por cada peso ($1) apostado.
2. Para el acierto de las cuatro (4) cifras seleccionadas por el jugador, en cualquier orden, se pagarán doscientos ocho pesos ($208) por cada peso ($1) apostado.
3. Para el acierto de las tres (3) cifras seleccionadas por el jugador, en su orden, se pagarán cuatrocientos pesos ($400) por cada peso ($1) apostado.
4. Para el acierto de las tres (3) cifras seleccionadas por el jugador, en cualquier orden, se pagarán ochenta y tres pesos ($83) por cada peso ($1) apostado.
5. Para el acierto de las dos (2) cifras seleccionadas por el jugador, en su orden, se pagarán cincuenta pesos ($50) por cada peso ($1) apostado.
6. Para el acierto de la última y única (1) cifra seleccionada por el jugador, se pagarán cinco pesos ($5) por cada peso ($1) apostado.
¿Quiénes deben pagar los premios en las empresas de apuestas permanentes?
Los premios deberán ser pagados por el concesionario a la presentación del documento de juego para su cobro, previas las retenciones de impuestos a que haya lugar. En ningún caso el premio podrá ser pagado en especie, ni en cuotas partes.
¿Los concesionarios pueden dar algún tipo de incentivos a los jugadores de apuestas permanentes?
Los concesionarios podrán otorgar incentivos sobre el valor total del premio. Tales incentivos, deberán ser autorizados en forma expresa por la entidad concedente en el contrato de concesión, previa demostración de la capacidad económica del concesionario.
¿Qué información debe contener el formulario único de apuestas permanentes?
El formulario único para el juego de apuestas permanentes o chance, deberá contener la siguiente información:
1. Nombre de la entidad concedente.
2. Nombre o razón social del concesionario.
3. Número y fecha del contrato de concesión del juego de apuestas permanentes o chance.
4. Numeración consecutiva
5. Casilla para anotar la ciudad y fecha de expedición del formulario.
6. Número de Identificación Tributaria del concesionario.
7. Domicilio comercial del concesionario.
8. Casilla para anotar el nombre de la lotería tradicional o juego autorizado, con el que se realizará el sorteo.
9. Casilla para anotar la fecha del sorteo.
10. Casilla para anotar el número del carné del colocador o la máquina autorizada.
11. Casilla para anotar la agencia de la cual depende el colocador.
12. Máximo seis (6) casillas para anotar el número o números apostados. Los números seleccionados en cada apuesta no podrán tener más de cuatro (4) dígitos.
13. Casillas para anotar el valor apostado a cada número.
14. Casilla para anotar el valor total de las apuestas realizadas.
15. Casilla para anotar el valor del incentivo o los incentivos.
¿Para la obtención de un contrato de concesión de apuestas permanentes, cuales son los pasos que debe seguir una persona jurídica?
Presentarse dentro de la licitación pública que se abre por parte de cada entidad concedente (loterías o beneficencias), cumplir con los requisitos que señalan las leyes 643 de 2001, Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y presentar su propuesta de acuerdo al pliego de condiciones que se publica en la página web de la entidad administradora
¿Quienes son los competentes para autorizar a los particulares la operación de juegos de suerte y azar?
Para la operación del juego del chance las loterías en cada departamento o el Distrito Capital. Para los juegos localizados Coljuegos. Para las rifas se debe observar el sitio donde se van a operar si es el municipio, el que autoriza es el alcalde, si la rifa opera en varios municipios de un mismo departamento la Sociedad de Capital Público Departamental (SCPD) respectiva, si la rifa es nacional será competente COLJUEGOS. Para los juegos promocionales competente es la SCPD cuando se circula en un municipio o departamento y COLJUEGOS cuando la promoción es nacional. Si el juego que se va otorgar en concesión es la lotería, la competencia radica en las EICE (loterías y beneficencias) por último si el juego es novedoso la entidad administradora es COLJUEGOS.
¿En qué delito incurre la persona que opere un juego de manera clandestina sin cumplir los lineamientos descritos en la Ley 643 de 2001?
El delito aplicable es Ejercicio Ilícito de Actividad Monopolística de Arbitrio Rentístico, descrito en el Código Penal en el artículo 312, para aquel que de cualquier manera o valiéndose de cualquier medio ejerza una actividad establecida como monopolio de arbitrio rentístico, sin la respectiva autorización, permiso o contrato, o utilice elementos o modalidades de juego no oficiales, incurrirá en prisión de cuatro (4) a ocho (8) años y multa de quinientos (500) a mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
¿Cuáles son los requisitos de la operación de juegos localizados?
Obtener autorización y la respectiva suscripción de contrato de concesión con COLJUEGOS.
La cantidad mínima de maquinas que pueden ser autorizadas son 80 en total con un mínimo de 3 maquinas tragamonedas por establecimiento.
Nota: si la operación de instrumentos de juegos es mixta (máquinas – salones de bingo y juegos de casino) el concesionario deberá garantizar a COLJUEGOS la equivalencia a 80 maquinas y/o 24 s.m.m.l.v
¿Los juegos de casino y salones de bingo requieren de un mínimo de operación?
Exceptuando en los bingos los mínimos de sillas establecidas en la ley de acuerdo a si el municipio es mayor o menor de 100 mil habitantes, los juegos de casino y el salón de bingo como tal no requieren de mínimos para su operación.
¿Cuáles son los requisitos para poder operar un establecimiento de juegos de suerte y azar?
Inicialmente se debe verificar el estado de cuenta del o (s) establecimiento(s), solicitar un concepto favorable del alcalde del municipio y consultar la pagina web de COLJUEGOS donde están contemplados el resto de los requisitos.
¿Qué tipo de promocionales requieren la autorización de COLJUEGOS?
Requieren de autorización todas aquellas promociónales que se realicen a nivel nacional y que están sujetas a la reglamentación de la ley 643 de 2001.
¿La responsabilidad para la supervisión de los sorteos de las promocionales a cargo de quien está?
Esta tarea es adelantada por funcionarios de la dirección de apoyo a localidades.
¿Existe seriedad y cumplimiento del baloto?
Si existe, por cuanto hay un contrato debidamente registrado por el estado, supervisado en su ejecución y desarrollo por COLJUEGOS, tanto en los sorteos como en el centro de cómputo.
¿Cómo corroboro la legalidad de los juegos de suerte y azar?
En la página web www.coljuegos.gov.co se encuentra la lista de los establecimientos legalmente constituidos. Si allí no aparece el que usted busca repórtelo de manera inmediata ante COLJUEGOS.
¿Qué hacer en caso de que un establecimiento de juegos de suerte y azar no realice el pago de premios?
Remitir vía telefónica, correo o email a COLJUEGOS detalladamente el nombre del establecimiento, la dirección y la descripción del caso particular, para que la entidad inicie el tramite correspondiente.
¿Qué control se tiene sobre la proliferación de establecimientos de juegos de suerte y azar?
COLJUEGOS cuenta con delegados territoriales en los distintos departamentos, quienes se encargan de controlar la actividad.
¿Qué es una rifa?
Es una modalidad de juego de suerte y azar mediante la cual se sortean en fecha predeterminada, premios en especie entre quienes hubieren adquirido o fueren poseedores de una o varias boletas emitidas con numeración en serie continua y puestas en venta en el mercado a precio fijo por un operador previa y debidamente autorizado. Toda rifa se presume celebrada a título oneroso.
¿Están prohibidas las rifas de carácter permanente?
Están prohibidas las rifas de carácter permanente, entendidas como aquellas que realicen personas naturales o jurídicas, por sí o por interpuesta persona, en más de una fecha del año calendario, para uno o varios sorteos y para la totalidad o parte de los bienes o premios a que se tiene derecho a participar por razón de la rifa. Se considera igualmente de carácter permanente toda rifa establecida o que se establezca como empresa organizada para tales fines, cualquiera que sea el valor de los bienes a rifar y sea cual fuere el número de establecimientos de comercio por medio de los cuales la realice.
¿Quién explota y autoriza las rifas?
Corresponde a los municipios y al Distrito Capital la explotación de las rifas que operen dentro de su jurisdicción.
Cuando las rifas operen en más de un municipio de un mismo departamento o en un municipio y el Distrito Capital, su explotación corresponde al departamento, por intermedio de la respectiva Sociedad de Capital Público Departamental (SCPD).
Cuando la rifa opere en dos o más departamentos o en un departamento y el Distrito Capital, la explotación le corresponde a la Empresa Territorial para la Salud-COLJUEGOS.
¿Qué debo hacer para consultar el historial de mis giros?
Debes elaborar una carta que tenga la siguiente información: Nombre, cédula, correo electrónico, celular, dirección residencia, la debes firmar y colocarle tu huella del índice, adjuntar la fotocopia legible de tu cedula por ambas caras. La anterior información debes enviarla al correo electrónico servicio.alcliente@sured.com.co
¿En dónde se pueden retirar los giros impuestos en Paga Todo?
Con las empresas aliadas a Su Red y Super Giros. Para mayor información puedes llamar a las líneas de atención 01 8000 966 999 nivel nacional o desde el celular al #596 o en Bogotá el 7 43 14 14 opción 2
¿Qué debo hacer cuando al imponer un giro no me llega la notificación al celular?
Debes comunicarte a las líneas de atención al usuario de Su Red 01 8000 966 999 nivel nacional o desde el celular al #596 o en Bogotá el 7 43 14 14 opción 2.
Olvidé reclamar mi giro, ¿Qué debo hacer para activarlo?
El remitente deberá elaborar una carta con la siguiente información: Nombre y cédula del remitente, nombre y cédula del beneficiario, correo electrónico, celular, dirección residencia, la debes firmar y colocarle tu huella del índice, adjuntar la fotocopia legible de tu cédula por ambas caras y el voucher del giro o denuncio del mismo en caso de no tenerlo. La anterior información debes enviarla al correo electrónico servicio.alcliente@sured.com.co
Luego de activar mi giro, ¿Cuánto tiempo tengo para retirarlo?
Una vez se lleve a cabo la activación, debes hacer el desembolso el mismo día o de lo contrario se inactivará nuevamente.
¿Qué debo hacer para tener un Punto de Venta de Paga Todo?
Puedes iniciar el proceso diligenciando el formulario que encontrarás en este link o remitir tus datos personales al correo electrónico servicio.alcliente@gelsa.com.co o en la línea de atención al cliente 3 78 88 90
¿Cuál es el horario óptimo para realizar pago de mis recibos públicos?
En los puntos de venta de Paga Todo, puedes realizar el pago de tus facturas antes de las 2:00 P.m.
¿Dónde puedo consultar las tarifas del producto Chance de Paga Todo?
Para conocer un valor aproximado de tu premio, puedes da clic en este vínculo, y luego en en la opción de la izquierda “SIMULADOR” allí escoges la modalidad apostada y el valor de la misma. Para conocer el de los demás productos, debees efectuar el mismo proceso.
¿Qué debo hacer si quiero trabajar en Paga Todo?
Puedes adjuntar tu hoja de vida a través del la sección de trabaje con nosotros en el siguiente vínculo https://pagatodo.com.co/trabaje-nosotros.
¿Cuándo debo direccionar mi solicitud a los canales de comunicación de Su Red y cuáles son esos canales?
* Desbloqueo de un giro: Cuando tu giro supera los 30 días calendario y no es cobrado, el sistema procede a bloquearlo y solamente tú, como remitente del giro puede realizar la solicitud de activación ante Su Red.
* Historial de giros: Cuando requieres un reporte de los giros que haz realizado o que te han enviado, a través de la red comercial Paga Todo.
* Activación de notificaciones por mensajería de Texto: Cuando por algún motivo dejas de recibir los mensajes de texto del servicio de notificación de Su Red al enviar o cobrar un giro. En este caso debes comunicarte con Su Red solicitando actualización de datos y activación de este servicio.
Correo electrónico: servicio.alcliente@sured.com.co
Líneas de atención: 01 8000 966 999, desde el celular #596
Página Web: www.sured.com.co